¿Qué comprobaciones se deben realizar antes de comprar una
vivienda?
Comprar una vivienda requiere ser prudentes y efectuar una
serie de comprobaciones previas. No realizarlas pueden significar un perjuicio
grave para el comprador.

La decisión de comprar una vivienda se debe tomar sin
precipitaciones y con la seguridad de que se han dado todos los pasos
necesarios. Para efectuar la compra hay que destinar mucho dinero y por lo tanto
hay que minimizar al máximo la posibilidad de cometer errores. Antes de realizar
la compra es necesario hacer una serie de comprobaciones importantes. Si no se
realizan pueden aparecer problemas graves una vez efectuada la compra que
supongan un importante perjuicio para el cliente. Habrá que realizar
comprobaciones en el registro de la propiedad y en la comunidad de propietarios.
También habrá que tener en cuenta el impuesto de bienes inmuebles (IBI). Si la
vivienda es nueva también se deberán realizar otras comprobaciones.
Registro de la Propiedad:
Es el primer paso. Sin el no deberemos de comprar una
vivienda. Se trata de comprobar, consultando el Registro de la Propiedad,
quiénes son los dueños de la vivienda y su estado de cargas, es decir, si esta
afectada por embargos, hipotecas, usufructos, servidumbres... Hay que tener
presente que todas las cargas que consten en el Registro de la Propiedad del
inmueble pasaran a afectar al nuevo propietario una vez efectuada la compra.
Comunidad de Propietarios:
Su actual dueño deberá estar al corriente de todos los
pagos derivados de la comunidad de Propietarios. Es lógico que el comprador no
tenga que pagar cuotas atrasadas que el antiguo dueño no pago en su día.
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI):
El vendedor deberá ofrecer al comprador el último recibo
del IBI que se haya pagado. El comprador también podrá preguntar al Ayuntamiento
sobre el pago de este impuesto efectuado por el vendedor.
Si estamos hablando de la compra de una vivienda nueva,
también se deberán realizar las siguientes comprobaciones:
- El constructor deberá disponer
de la correspondiente licencia de obras.
- La vivienda no deberá estar
afectada por cargas urbanísticas.
- El promotor deberá haber
suscrito el seguro de daños obligatorio. Este seguro está establecido en la Ley
de Ordenación de la Edificación.
- El Ayuntamiento deberá haber
expedido la licencia de primera ocupación.
- La vivienda deberá disponer de
su correspondiente cédula de habitabilidad.
¿Qué es la cédula de habitabilidad?
La cédula de habitabilidad es una documento necesario en
todas las viviendas que sirve como certificado de que satisface las condiciones
básicas para ser habitada. El documento es expedido por la Administración.
La cédula de la habitabilidad es un certificado imprescindible
para poder formalizar el contrato del alta de agua, luz y gas. Deben disponer
cédula de habitabilidad las viviendas de obra nueva o aquellas que han sido
sometidas a una rehabilitación o modificación en la que se hayan cambiado las
condiciones objetivas de habitabilidad.
Si la vivienda va a ser transmitida, es decir, si va a ser
alquilada o vendida también es imprescindible disponer del certificado. En la
cédula de habitabilidad se señala cual es su superficie útil y cuantas personas
pueden vivir en ella de acuerdo con la normativa.
Euribor 18 de marzo de 2010
Lecturas: 480
Deja tus comentarios |